"Quien acepta el mal en forma pasiva, está tan comprometido con él como quien contribuye a perpetrarlo. Quien acepta el mal sin protestar contra él, en realidad está colaborando con él."

Martin Luther King


Ciudad de Bahía Blanca, intersección de las calles Saavedra y Villarino, 28 de agosto de 2002, casi las nueve de la noche, nuestro padre, Felipe Glasman, es asesinado.

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***1 ENTRADA NUEVA***

26-10-2010

miércoles, 17 de diciembre de 2008

Nota presentada por Alberto Bovino a la procuradora general María del Carmen Falbo

Buenos Aires, 16 de diciembre de 2008

REF.: LA RESPONSABILIDAD DE LA SRA. PROCURADORA GENERAL

Sra. Procuradora General
ante la Corte Suprema
de la Provincia de Buenos Aires
Dra. María del Carmen FALBO

Sra. Procuradora General Dra. FALBO:

Mi nombre es Alberto BOVINO, abogado con matrícula en el Colegio de Abogados de San Isidro, acto que consta en el tº XXX, fº 436 del registro correspondiente, y me desempeño como apoderado de los hermanos Laura y Eduardo GLASMAN en la causa en la que se supone que se pretende investigar a todos los responsables del terrible homicidio del Dr. Felipe GLASMAN, el padre de mis representados.

Esta nota expresa mi "opinión personal" como profesional que interviene en el caso, como ciudadano de un país en donde se supone rige el Estado de derecho, y como víctima de las sistemáticas prácticas irregulares de funcionarios del Ministerio Público Fiscal respecto de los cuales Ud. es responsable directa por su desempeño funcional.

Pues bien, a pesar de las innumerables denuncias, recusaciones, presentaciones ante su persona, entrevistas con familiares del Dr. Felipe GLASMAN, y del cúmulo irrefutable de prueba que demuestra la arbitraria e ilegal actuación del Agente Fiscal Christian LONG , Ud. se ha limitado a decirle a la Sra. Laura GLASMAN que nada podía hacer en relación a la intervención de este sujeto —indigno de desempeñar el puesto de funcionario público que se le ha confiado y que aprovecha para beneficio personal, para vulnerar los derechos de toda persona que discrepe con sus criterios, y quién sabe para qué otros fines—. Eso no es lo que establece la Ley Orgánica del Ministerio Público vigente.

Recientemente, los apoderados de los hijos del Dr. Felipe GLASMAN hemos presentado una nota ante Ud. reiterando múltiples cuestionamientos por graves irregularidades cometidas por LONG y apoyadas por su superior, FERNÁNDEZ. Ni siquiera hemos recibido un simple acuse de recibo de tal presentación. El desprecio que todos y cada uno de los representantes del Ministerio Público Fiscal han demostrado por los derechos de la Sra. Laura GLASMAN, y del Sr. Eduardo GLASMAN es realmente escandaloso.

Frente a cada uno de estos atropellos, se han aportado elementos de prueba objetivos que corroboran los hechos denunciados y que demuestran que LONG —entre muchas otras irregularidades— miente, miente, y vuelve a mentir. Por otra parte, su propio superior jerárquico definió a Christian LONG como un sujeto paranoico que “ve fantasmas en todos lados”. Y así lo hizo frente al Sr. Eduardo GLASMAN.

LONG se justifica a sí mismo —también lo hacen quienes lo protegen— describiéndose como el héroe que logró los únicos resultados positivos en la causa por el homicidio del Dr. Felipe GLASMAN. Su gran “logro” ha sido el hecho de que, continuando con lo investigado antes de que él se apropiara del caso GLASMAN sólo ha logrado que se elevara a juicio a uno de los posibles autores materiales del asesinato, a más de seis años de cometido el crimen.

Luego de años de retener pruebas y de difamar a personas a diestra y siniestra —y sin que las supuestas “obstaculizaciones” que según su imaginación, interponemos en su camino, hayan retrasado en nada el juicio contra COLMAN, a quien acusó por homicidio agravado por precio o promesa remuneratoria—, no pudo aportar un solo elemento de prueba válido en el juicio que permitiera justificar la agravante del homicidio por encargo.

Su actuación en el debate celebrado ante el Tribunal Criminal Nº 1 fue lamentable, al punto de que cuando, como era previsible, el tribunal rechazó la declaración en calidad de testigo del imputado —VIDAL— como coautor del homicidio del Dr. Felipe GLASMAN, llegó a solicitar al tribunal que un “testigo” que él no había ofrecido declarase “en cualquier calidad”, novedosa figura procesal creada en el momento para cubrir su propia negligencia. Tampoco logró que se introdujera por lectura la declaración indagatoria recibida al coimputado VIDAL —como era previsible—, con lo cual su principal elemento de prueba quedó fuera de la escena. Todo esto debía saberlo un fiscal a cargo de investigaciones complejas; y si no lo sabía, le fue advertido por esta parte.

Ahora bien, ciertos periodistas nos han informado y continúan informando cotidianamente de importantes avances respecto de los supuestos autores intelectuales a los cuales no se nos concede acceso alguno por el carácter “reservado” de las actuaciones —art. 13, inc. 9, ley 12.061—.

Lo curioso es que Ud. le indicó expresamente que bajara el nivel de filtraciones indebidas a la prensa. Por supuesto, ni siquiera se ha logrado que cumpliera con una directiva tan sencilla, pues él tiene su propia agenda. Y lo que es mucho más grave, ha sido sostenido políticamente por su superior jerárquico (FÉRNANDEZ), a pesar de que él afirma que LONG “ve fantasmas en todos lados”. Además, y a pesar del cúmulo de impugnaciones presentadas por casi la totalidad de las partes de la causa GLASMAN, también Ud. le ha dado protección política.



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