Entre otras, estas acciones tendieron a:
a) Atribuir imputaciones penales —formal o informalmente— a los particulares damnificados o sus representantes legales.
b) Abusar de sus facultades investigativas para ordenar —sin fundamento alguno y por lo tanto ilegalmente—medidas de investigación contra los hermanos Glasman para sembrar dudas sobre la finalidad de su intervención en la causa, a punto tal de acusarlos, prácticamente, de estar colaborando con quien Long ya ha definido como encubridor del asesinato y, además, como posible autor intelectual.
c) Interferir ilícitamente en las relaciones abogados-cliente primero en la relación de la familia Glasman con el Dr. Bertoncello y luego en la relación de Eduardo y Laura con la Dra. Nidia Moirano y el abogado Alberto Bovino, en estos dos últimos casos afirmando —sin prueba alguna— la existencia de un "conflicto de intereses" y la alta probabilidad de que ambos letrados hayan cobrado honorarios de la AMBB, implicando que actúan en perjuicio de los hermanos Glasman para beneficiar a esa institución.
d) Hacer responsables Nidia Moirano y a Alberto Bovino de ser los ejecutores de las "represalias" que supuestamente fueron objeto de advertencias por parte de varios abogados del foro local. Esta atribución de responsabilidad se hizo sin indicar ninguna prueba de que las medidas que los abogados Moirano y Bovino tomaron en base al ejercicio de legítimos derechos hayan sido "represalias" en vez de medidas de defensa de quienes son sometidos a cotidianas arbitrariedades.
(e) Discriminar a los hermanos Glasman y otros miembros de la familia, negándoles el acceso a la información que sí se filtró a la prensa en diversas oportunidades y, además, desoyendo sus reclamos y opiniones con respecto a la investigación, incluso acerca de hechos experimentados personalmente por ellos.
Además de obstaculizar la actuación de Eduardo y Laura Glasman en la causa por el asesinato de su padre, el fiscal Long, junto con su asistente, se ha entrometido reiterada e indebidamente en las relaciones familiares y privadas de la familia Glasman. Esto le ha asegurado el respaldo irrestricto de de la viuda —la única afectada que hoy defiende todas las conductas de Long -- a quien se ha la aislado de toda fuente de información y apoyo que no sea afín a la fiscalía, muchas veces a través de comunicarle presuntos hallazgos de la investigación que crearon desconfianza y conflicto entre la viuda, su familia y otros involucrados.
Resulta claro entonces que el Fiscal Long, además de incurrir en irregularidades graves que obstaculizaron la actuación de las partes en general y, en particular, la de los hermanos Glasman en la causa, faltó a casi todos los deberes de los fiscales para con las víctimas, entre ellos, facilitar la adecuación de los procedimientos a sus necesidades, informarlas, permitir que sus opiniones y preocupaciones sean presentadas y examinadas, minimizar las molestias que pudieran afectarlas y proteger su intimidad.
Esta actitud defensiva, autoritaria e irrespetuosa del fiscal Long, no sólo nos afecta personalmente y a nuestra familia, si no también pone en peligro el descubriendo de la verdad y el castigo a los culpables del asesinato de nuestro padre.
No nos hace felices tener que hacer esto. Pero en estas cosas uno tiene que hacer lo que debe hacer y no lo que le conviene.
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